Revocan licencia de construcción en los cerros orientales

1 comentario

La Secretaría remitirá copia de la actuación a la Procuraduría General de la Nación, a la Secretaría Distrital de Ambiente, CAR y Alcaldía Local de Chapinero.

Por: Bogotá Occidente

 La Secretaría Distrital de Planeación confirmó la revocatoria de la licencia de  construcción autorizada por el curador No. 4 al predio ubicado en la Calle 71 No. 2-65 Este, en los cerros orientales, exactamente en la zona de preservación Ambiental de La Quebrada La Vieja. 

El Secretario Distrital de Planeación, Óscar Alberto Molina García, afirmó que "al construir dentro de la ronda de la quebrada no sólo se está atentando contra el derecho colectivo, sino contra el derecho a la vida e integridad de quienes se encuentren habitando en ella. Situación que a todas luces debe ser evitada de acuerdo con el ordenamiento constitucional colombiano y de lo cual son responsables las autoridades instituidas para preservar el orden urbanístico y ecológico de la nación". Los dueños del predio tenían una licencia del año 1977 que establecía un permiso para construir una casa de dos pisos y un sótano. Luego, en licencia otorgada en el año 2004 se les permitió demoler el mencionado inmueble e iniciar una obra nueva (edificio de siete pisos – Licencia de Construcción No. LC 04 – 4 – 1574 del 11 de noviembre de 2004), la cual no se ajustó a lo establecido para el manejo de la Ronda Hidráulica que señala: "…constituida por una franja paralela o alrededor de los cuerpos de agua, medida a partir de la línea de mareas máximas (máxima inundación), de hasta 30 metros de ancho destinada principalmente al manejo hidráulico y la restauración ecológica". Igualmente, no se cumplió con el procedimiento de notificar a los vecinos colindantes en el trámite de la licencia como lo son el edificio Bosques de la Quebrada y La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá –EAAB-, entidad que ejerce la custodia del lote oriental contiguo a la construcción. Al no existir notificación a los predios vecinos colindantes, se les impidió actuar para defender sus intereses 

La revocatoria a la licencia de construcción también establece que las medidas de los linderos del lote no coinciden ni con los que se encuentran determinados en el certificado de libertad, ni con los señalados en la solicitud de licencia, como tampoco coinciden con los planos urbanísticos de la ciudad, ni con el plano de la manzana catastral.  

Por lo anterior, las diferencias en las áreas debieron haber sido precisadas por el Curador Urbano No. 4 para la aprobación del proyecto, a efectos de no incurrir en error en cuanto a la delimitación del predio objeto de la licencia. 

Asegura la Secretaría que “el curador urbano aplicó de manera extensiva a la totalidad del predio, la autorización para construir desconociendo el Decreto Distrital 327 de 2004, que establece en el marco de las disposiciones sobre el Tratamiento de Desarrollo Urbanístico en el Distrito Capital, las condiciones para la urbanización de terrenos o conjunto de terrenos no urbanizados aún, entre otros”.

 Asimismo, por la ubicación del predio debían haberse entregado estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa para la obtención de licencia urbanística, documento que no fue anexo a la solicitud.  

Una vez se encuentre en firme el acto administrativo que confirma la revocatoria directa, la Secretaría Distrital de Planeación procederá a enviar copia de la revocatoria directa a la Procuraduría General de la Nación, a la Secretaría Distrital de Ambiente, a la CAR y a la Alcaldía Local de Chapinero, con el fin de que tomen las medidas respectivas de acuerdo con sus competencias. 


  1. Andrés Zapata says:

    Que bueno que se siga recuperando la vida de los cerros Orientales , que al fin y al cabo es la vida de nosotros lo sseres humanos…Pero a veces el interes por el dinero no nos deja ver con calridad este duro panorama en el cual esta en riesgo nuestro patrimonio Natural.

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